Bases y condiciones: Foresta Week
Vigencia: del 2 al 8 de noviembre de 2026
Esta página reúne las bases de las dos promociones: Cowork y Oficinas.
Foresta Week Cowork: "Pagá dos meses y trabajá tres"
1. Disposiciones generales
1.1. Organizador. La promoción "Foresta Week Cowork" (la "Promoción") es organizada por Foresta Maipú (el "Organizador"), en su carácter de operador del Cowork Foresta, ubicado en el edificio Foresta Maipú, Ozamis Sur y 25 de Mayo, Maipú, Mendoza.
1.2. Vigencia. La Promoción rige desde las 00:00 h del 2 de noviembre de 2026 hasta las 23:59 h del 8 de noviembre de 2026 (el "Plazo de Vigencia"), hora de Argentina.
1.3. Ámbito. Válida en la República Argentina, para personas humanas mayores de 18 años y personas jurídicas.
1.4. Aceptación. Quien acceda a la Promoción acepta estas Bases y Condiciones, disponibles en https://www.forestamaipu.com/foresta-week-bases y en la recepción del edificio.
2. Promoción: "Pagá dos meses y trabajá tres"
2.1. Beneficio. Por un pago único y anticipado de $480.000 (cuatrocientos ochenta mil pesos), IVA incluido, el beneficiario accede a la membresía del Cowork Foresta desde la fecha de alta hasta el 31 de enero de 2027 inclusive.
2.2. Destinatarios. Exclusivamente nuevas altas. No aplica a quienes tengan o hayan tenido membresía activa en el Cowork Foresta en los 7 meses anteriores.
2.3. Requisitos. Para acceder, el interesado debe, dentro del Plazo de Vigencia:
- Realizar una visita al Cowork Foresta, coordinada con la Responsable Comercial. La visita es condición excluyente.
- Completar el formulario de inscripción con el código FORESTAWEEK.
- Abonar el total por transferencia bancaria a la cuenta que indique el Organizador. No se aceptan otros medios de pago.
2.4. Alta. El alta y el acceso se habilitan únicamente con el pago acreditado en la cuenta del Organizador. Los pagos acreditados después del 8 de noviembre de 2026 no acceden al beneficio.
2.5. Duración. La fecha de finalización es fija para todos los beneficiarios: 31 de enero de 2027. El monto no se prorratea según la fecha de alta: los días transcurridos del Plazo de Vigencia antes del alta no se compensan.
2.6. Facturación. El Organizador emite una única factura por el total al acreditarse el pago.
2.7. Baja anticipada. El monto abonado no es reembolsable total ni parcialmente, cualquiera sea el motivo de la baja. Esto no afecta los derechos previstos en la cláusula 3.3.
2.8. Continuidad. A partir del 1 de febrero de 2027 la membresía continúa mes a mes al canon vigente en ese momento, salvo que el beneficiario comunique su baja por escrito a hola@forestamaipu.com, julia@gcitizen.com.ar y administracion@gcitizen.com.ar antes del 20 de enero de 2027.
2.9. Restricciones. El beneficio es personal e intransferible. No es acumulable con otros cupones, descuentos, planes Flex ni promociones vigentes del Cowork Foresta. Sujeto a disponibilidad de puestos.
2.10. Uso del espacio. El beneficiario se rige por el reglamento del Cowork Foresta y el Reglamento Interno de Convivencia del edificio. El acceso fuera del horario de recepción queda sujeto a las reglas generales del edificio.
3. Disposiciones comunes
3.1. Precios. Los importes están expresados en pesos argentinos e incluyen IVA. Las imágenes de las piezas publicitarias son ilustrativas.
3.2. Modificación o suspensión. El Organizador puede modificar o suspender la Promoción por causas de fuerza mayor o ajenas a su voluntad, informándolo por los mismos medios en que fue difundida. Los beneficios ya otorgados se respetan.
3.3. Derechos del consumidor. Nada de lo dispuesto en estas Bases y Condiciones limita los derechos que la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor reconoce a quienes revistan el carácter de consumidores, incluido el derecho de revocación cuando corresponda.
3.4. Datos personales. Los datos que los participantes brinden se tratan conforme a la Ley 25.326 y a la Política de Privacidad de www.forestamaipu.com, con la finalidad de gestionar la Promoción y la relación comercial. El titular puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación y supresión escribiendo a mkt@gcitizen.com.ar. La Agencia de Acceso a la Información Pública es el órgano de control de la Ley 25.326.
3.5. Consultas. WhatsApp +54 9 261 772-5717 o mkt@gcitizen.com.ar.
3.6. Jurisdicción. Para cualquier controversia rigen las leyes de la República Argentina y son competentes los tribunales ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, sin perjuicio del fuero que corresponda al consumidor según la ley.
Foresta Week Oficinas: "Firmá en noviembre, pagá full en febrero"
1. Disposiciones generales
1.1. Organizador. La promoción "Foresta Week Oficinas" (la "Promoción") es organizada y difundida por Foresta Maipú (el "Organizador"), en su carácter de comercializador de unidades del edificio Foresta Maipú, ubicado en Ozamis Sur y 25 de Mayo, Maipú, Mendoza (el "Edificio").
1.2. Vigencia. La Promoción rige desde las 00:00 h del 2 de noviembre de 2026 hasta las 23:59 h del 8 de noviembre de 2026 (el "Plazo de Vigencia"), hora de Argentina.
1.3. Ámbito. Válida en la República Argentina, para personas humanas mayores de 18 años y personas jurídicas.
1.4. Aceptación. Quien acceda a la Promoción acepta estas Bases y Condiciones, disponibles en https://www.forestamaipu.com/foresta-week-bases y en la recepción del Edificio.
2. Promoción: "Firmá en noviembre, pagá full en febrero"
2.1. Beneficio. Bonificación del 100% del canon locativo correspondiente a diciembre de 2026 y enero de 2027. El primer canon locativo completo se abona en febrero de 2027.
2.2. Quién otorga el beneficio. El beneficio lo otorga el propietario de cada unidad en su carácter de locador. Solo participan las unidades cuyos propietarios hayan adherido por escrito a la Promoción (las "Unidades Adheridas"). Sujeto a disponibilidad.
2.3. Requisitos. Firmar, dentro del Plazo de Vigencia, un contrato de locación sobre una Unidad Adherida con:
- Plazo mínimo de 24 (veinticuatro) meses.
- Fecha de inicio el 1 de diciembre de 2026.
El inquilino ingresa a la unidad a partir del 1 de diciembre de 2026.
2.4. Qué no se bonifica. Expensas, servicios (energía, internet y otros), seguros, depósito en garantía, gastos de contrato, sellados e impuestos a cargo del locatario se abonan desde el inicio del contrato, según lo que establezca cada contrato.
2.5. Rescisión anticipada. Si el locatario rescinde el contrato antes de cumplir el mes 12 de locación, deberá reintegrar al locador el importe de los dos cánones bonificados, a valores vigentes al momento de la rescisión, además de las indemnizaciones que correspondan según el contrato y la ley.
2.6. Instrumentación. El beneficio solo es válido si consta en el contrato de locación firmado. Ante cualquier diferencia, prevalece lo dispuesto en el contrato.
2.7. Restricciones. No es acumulable con otras bonificaciones, descuentos o promociones sobre la misma unidad. No aplica a renovaciones, prórrogas ni cambios de unidad de locatarios actuales del Edificio.
3. Disposiciones comunes
3.1. Montos. El canon locativo, su forma de pago y su actualización son los que pacte cada contrato. Las imágenes de las piezas publicitarias son ilustrativas.
3.2. Modificación o suspensión. El Organizador puede modificar o suspender la Promoción por causas de fuerza mayor o ajenas a su voluntad, informándolo por los mismos medios en que fue difundida. Los contratos ya firmados se respetan.
3.3. Derechos del consumidor. Nada de lo dispuesto en estas Bases y Condiciones limita los derechos que la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor reconoce a quienes revistan el carácter de consumidores.
3.4. Datos personales. Los datos que los participantes brinden se tratan conforme a la Ley 25.326 y a la Política de Privacidad de www.forestamaipu.com, con la finalidad de gestionar la Promoción y la relación comercial. El titular puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación y supresión escribiendo a mkt@gcitizen.com.ar. La Agencia de Acceso a la Información Pública es el órgano de control de la Ley 25.326.
3.5. Consultas. WhatsApp +54 9 261 772-5717 o mkt@gcitizen.com.ar.
3.6. Jurisdicción. Para cualquier controversia rigen las leyes de la República Argentina y son competentes los tribunales ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, sin perjuicio del fuero que corresponda al consumidor según la ley.
